El Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de
seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión que se aprueba establece
que sus prescripciones y las de sus instrucciones técnicas complementarias deben
tener la consideración de mínimos, de acuerdo con el estado de la técnica, pero
admite ejecuciones distintas de las previstas siempre que ofrezcan niveles de
seguridad que puedan considerarse, al menos, equivalentes. Igualmente declara de
obligado cumplimiento ciertas normas relativas, especialmente, al diseño de
materiales y equipos. Dado que dichas normas proceden en su mayor parte de las
normas europeas (EN) y de la Comisión Electrotécnica Internacional (IEC), se
consigue rápidamente disponer de soluciones técnicas en sintonía con lo aplicado
en los países más avanzados y que reflejan un alto grado de consenso en el
sector.
Fuente: BOE
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