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martes, 22 de enero de 2019

Código de la Energía Eléctrica

 

El pasado dia 19 de enero se publicó la última versión del Código de la Energía Eléctrica, obra realizada por don. Manuel Alonso Martín-Sonseca.

 

El Código de la Energía Eléctrica es fruto de la colaboración entre el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital (MINETAD) y la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (AEBOE), con la participación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
El Código de la Energía Eléctrica recopila, ordena y compila las principales normas estatales vigentes relativas al sistema eléctrico, para poner a disposición de los sujetos del sistema, de las empresas, de los profesionales, de los operadores jurídicos, y de los ciudadanos interesados en general, un instrumento útil para conocer, mediante una fuente consolidada y permanentemente actualizada, la legislación estatal de aplicación general a la energía eléctrica, que constituye un bien y un servicio esencial e imprescindible para la participación plena de los ciudadanos en la sociedad actual, una de cuyas características principales es su inexorable proceso de electrificación

Fuente. BOE

jueves, 26 de marzo de 2015

viernes, 21 de diciembre de 2012

El mercado eléctrico español es un completo disparate

El mercado eléctrico español debe ser reformado con urgencia, de manera que los consumidores paguemos el coste del mix energético y no el coste de la central más cara que fija el precio en el mercado. Si esto fuera así, el déficit tarifario quedaría perfectamente controlado y a partir de 2020 las renovables podrían devolver las primas recibidas. Es la receta ofrecida por Jorge Fabra, fundador de Economistas Frente a la Crisis, durante una reciente jornada organizada en Madrid por la asociación fotovoltaica Anpier.


Fuente: energias-renovables.com

Enlace: articulo energías-renovables.com
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jueves, 20 de diciembre de 2012

Publicado el nuevo informe anual del Observatorio de la Sostenibilidad en España (OSE)

El Observatorio de la Sostenibilidad en España (OSE) ha publicado su octavo informe anual Sostenibilidad en España 2012.

Sostenibilidad en España 2012 supone la continuación de la totalmente consolidada “rutina informativa” del OSE sobre el análisis de los procesos de sostenibilidad en España, que cuenta con 8 años de trayectoria y que ha supuesto que este organismo se convierta en el centro de referencia en materia de sostenibilidad y desarrollo sostenible en España.

Fuente: OSE.
Enlace: Leer más.

martes, 16 de octubre de 2012

Informe en relación al análisis del mercado español de la distribución de gasolina y gasóleo a través del canal de estaciones de servicio


La Comisión Nacional de Energía (CNE) aboga por la instalación de nuevas estaciones de servicio en hipermercados, centros comerciales y autopistas, con el objetivo de mejorar la competencia y abaratar así el precio de las gasolinas y gasóleos de automoción.


La CNE encuentra dos respuestas principales para esta cuestión: las dificultades administrativas para abrir nuevas gasolineras y las recomendaciones de precios por parte de los operadores.
Por lo que respecta al primer punto, el informe apunta que las cuestiones administrativas "se constituyen como una barrera de entrada en este sector que retrasa y paraliza nuevas inversiones que podrían dinamizar el sector de la distribución de carburantes".
En cuanto a la segunda, señala que las gasolineras independientes venden los carburantes, de media, entre 1,4 y 1,7 céntimos de euro más baratos, lo que indica que los operadores participan "de forma directa sobre la determinación de los precios finales en los puntos de venta de su red de distribución".
Fuente: CNE y CNC.
Enlaces: 

martes, 17 de abril de 2012

La energía eólica bate récord al producir el 60% de la electricidad


La energía eólica ha batido un nuevo récord de contribución a la producción de electricidad al cubrir esta madrugada el 60% de toda la matriz de generación, según datos de Red Eléctrica de España (REE).

En concreto, la eólica aportó a las 3.48 horas de esta madrugada el 60,46% de la demanda peninsular, o 12.757 megavatios (MW) del total de 21.098 MW de la producción total del sistema eléctrico. Este porcentaje supera el máximo anterior de contribución, del 59,63%, registrado el 6 de noviembre del 2011, a las 2.00 horas.

Durante el fin de semana el operador del sistema eléctrico dio consignas de producción eólica máxima integrable, que pasaron en determinadas horas de los 11.000 MW a los 14.979 MW.

Esta variabilidad tuvo una "muy pequeña repercusión en la producción eólica", señala REE, que, como operador del sistema, gestionó la situación sin poner en riesgo la seguridad de suministro.

Fuente: Cinco Dias.

Enlace: Leer más.

viernes, 9 de marzo de 2012

Informe sobre el sector energético español- Report on the Spanish energy sector


Este informe da respuesta a la solicitud del Secretario de Estado de Energía de 27 de enero de 2012 en la se requiere que la CNE proponga medidas de ajuste regulatorio para atajar la creciente evolución del déficit tarifario del sector eléctrico, y que se pronuncie sobre la retribución de las actividades reguladas en este sector, la justificación de las cuantías en relación con los activos declarados, la necesidad de las inversiones previstas en relación con los planes de inversión y si procede el eventual freno o desaceleración de los mismos.
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Report on the Spanish energy sector. 
This report responds to the request of the Secretary of State for Energyfrom January 27, 2012 at the NEC requires that the proposed adjustment measures to tackle the growing regulatory developments in the power sector tariff deficitwhich rules on the remuneration regulated activities in this sector, the justification of the amounts in relation to the assets declaredthe need for planned investments in relation to investment plans and if necessary the brake or slow down any of them


Fuente: CNE.
Enlace: Accede a la publicación.

miércoles, 29 de febrero de 2012

martes, 6 de abril de 2010

presenta la Estrategia y el Plan de Acción para impulsar el vehículo eléctrico en España

El Gobierno de España ha presentado hoy públicamente la Estrategia Integral para el Impulso del Vehículo Eléctrico con el horizonte 2014 y un conjunto de medidas que se implementarán a través de un Plan de Acción en los próximos dos años para alcanzar los objetivos previstos en dicha Estrategia.

El Gobierno considera que el vehículo eléctrico es una oportunidad industrial en un momento decisivo para el sector de la automoción, tecnológica, energética y medioambiental y abre un campo pionero para el desarrollo de software para recarga de baterías y al desarrollo de las redes inteligentes (smart grid).

Desde el punto de vista energético fomentará el uso de las energías renovables y mejorará su gestión e integración en el sistema eléctrico, al tiempo que aporta ventajes ambientales evidentes ya que no emite CO2, ni otras partículas en suspensión, y es más eficiente desde un punto de vista energético.

Enlaces:

Fuente:
Ministerio de Industria.

sábado, 11 de julio de 2009

El Gobierno presentará en otoño en el Parlamento el plan energético hasta 2030

La iniciativa estará acompañada por el macroproyecto de la Ley de Economía Sostenible, que también llegará al Congreso después del verano.
El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, anunció ayer que presentará en otoño en el Congreso de los Diputados un plan de perspectivas energéticas hasta 2030, que incluirá un análisis de las necesidades del país y del coste de los distintos tipos de energía. El plan vendrá a consolidar el punto de partida del cambio de modelo productivo que preconiza el Ejecutivo, entre otros motivos, para que el impacto de futuras crisis no sea tan demoledor como el de la actual. Rodríguez Zapatero apuesta por aumentar el peso de las fuentes renovables frente a las no renovables.
El Gobierno quiere que el plan energético se convierta es la base cuantitativa en la que se mire la Ley de Economía Sostenible, el macroproyecto que el presidente Zapatero ya adelantó en el último Debate del estado de la Nación y que espera que se sea el «impulso legislativo» para esa evolución económica. En principio, este tipo de políticas cuenta con el apoyo de los agentes sociales.
La intención del Ejecutivo es avanzar primero las bases de este proyecto de ley y en otoño hacer público el citado plan energético que abarcará hasta el horizonte 2030. Para ello, tiene previsto aprobar su programa en el Consejo de Ministros de mediados de agosto y enviarlo al Parlamento por vía de urgencia la primera semana de septiembre.
La razón de esta celeridad es que -debido al impacto económico de sus medidas- las necesidades financieras y sus consecuencias tengan cabida en los presupuestos generales del Estado para el próximo curso. Las cuentas de 2010 se debatirán en el Congreso desde septiembre hasta diciembre.
Más.
Fuente: El diario Montañes.
Enlace: Noticia

domingo, 3 de febrero de 2008

Se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental.

REAL Decreto LEGISLATIVO 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

BOE 023/2008, publicado el 26-01-2008.

La disposición final séptima de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre de calidad del aire y protección de la atmósfera autoriza al Gobierno para que, en el plazo máximo de un año contado a partir de su entrada en vigor, elabore y apruebe un texto refundido en el que regularice, aclare y armonice las disposiciones legales vigentes en materia de evaluación de impacto ambiental.

La legislación sobre evaluación de impacto ambiental ha experimentado sucesivas modificaciones desde la publicación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, que adecuaba el ordenamiento jurídico interno a la legislación comunitaria vigente entonces en materia de evaluación de impacto ambiental.

El número y la relevancia de las modificaciones realizadas, ponen de manifiesto la necesidad de aprobar un texto refundido que, en aras del principio de seguridad jurídica, regularice, aclare y armonice las disposiciones vigentes en materia de evaluación de impacto ambiental de proyectos. Esta refundición se limita a la evaluación de impacto ambiental de proyectos y no incluye la evaluación ambiental de planes y programas regulada en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

Deroga:
1. El Real Decreto Legislativo 1302/1986 de Evaluación de Impacto Ambiental.
2. La disposición adicional segunda de la Ley 4/1989 de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres.
3. La disposición adicional duodécima de la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico.
4. El Real Decreto-ley 9/2000 por el que se modifica el Real Decreto Legislativo 1302/1986 de Evaluación de Impacto Ambiental.
5. La Ley 6/2001 por la que se modifica el Real Decreto Legislativo 1302/1986 de Evaluación de Impacto Ambiental.
6. El artículo 127 de la Ley 62/2003 de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
7. La disposición final primera de la Ley 9/2006 sobre Evaluación de los Efectos de Determinados Planes y Programas en el Medio Ambiente.
8. La disposición final primera de la Ley 27/2006 por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

jueves, 13 de diciembre de 2007

PRESENTADO EL ESTUDIO ESTRATÉGICO AMBIENTAL DEL LITORAL ESPAÑOL PARA LOS PARQUES EÓLICOS MARINOS Y CONSULTA PÚBLICA.


Presentado el Estudio Estratégico Ambiental del litoral español para los parques eólicos marinos y consulta pública.

El Estudio Estratégico Ambiental del litoral español para la instalación de parques eólicos marinos fue presentado el día 10 de Diciembre de 2007. El objetivo de este Estudio es la determinación de las zonas del dominio público marítimo terrestre que, a los solos efectos ambientales, reúnen condiciones favorables para la instalación de parques eólicos marinos.

Así mismo, y tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Informe de Sostenibilidad Ambiental y Estudio Estratégico Ambiental del litoral español para la instalación de parques eólicos marinos se somete a consulta pública
A partir del 14 de Diciembre de 2007 y hasta el 11 de enero de 2008 se podrán presentar contribuciones a la versión preliminar del Estudio Estratégico Ambiental del litoral español para la instalación de parques eólicos marinos y su Informe de Sostenibilidad Ambiental.

Este documento puede consultarse en la página web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el siguiente enlace:
http://www.mityc.es/Electricidad/Seccion/InstalacionesEolicas/EstudioEstrategico/;

El Estudio establece, a través de una representación geográfica, diferentes áreas eólicas marinas clasificadas en zonas aptas, zonas de exclusión y zonas con condicionantes medioambientales para la instalación en ellas de parques eólicos marinos

Este Estudio Estratégico es un requisito previo para la solicitud de reserva de zona (primer paso en el procedimiento de autorización para una instalación eólica en el mar). Una vez aprobado el estudio, las solicitudes de reserva de zona sólo podrán presentarse para las zonas aptas.

La realización del Estudio, elaborado por los Ministerios de Industria, Turismo y Comercio, Medio Ambiente y Agricultura y Pesca, estaba prevista en el Real Decreto, aprobado por el Consejo de Ministros del pasado 20 de julio, que regula los procedimientos para la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas necesarias destinadas a la construcción y ampliación de las instalaciones de generación de electricidad que se encuentren ubicadas físicamente en zonas marinas.

El Estudio establece, a través de una representación geográfica, diferentes áreas eólicas marinas sobre las que se realiza la siguiente clasificación:

1. Zonas aptas (en verde): las áreas más adecuadas para el establecimiento de parques eólicos marinos por ser reducidos, en principio, sus efectos ambientales frente a las ventajas que presentan. Todo ello, claro está, sin prejuzgar su viabilidad ambiental final. Así, es necesario recordar que la clasificación de una zona como apta no exime de la realización y aprobación de los correspondientes estudios de impacto ambiental posteriores asociados a la autorización de instalaciones de energía eólica en el mar.

2. Zonas de exclusión (en rojo): las áreas que se deben excluir del proceso por haber sido identificados sus potenciales efectos ambientales significativos o conflictividad con otros usos del medio marino.

3. Zonas con condicionantes medioambientales (en amarillo): las áreas en las que el desarrollo de parques eólicos marinos está condicionado por algún factor, por lo que sus efectos o conflictos deberán ser analizados en la fase posterior de diseño del proyecto.

La evaluación de los efectos potenciales sobre el medio ambiente se ha hecho de forma generalizada, planteando una clasificación del medio en tres categorías (medio físico, biótico y socioeconómico) y considerando los posibles efectos en tres fases diferenciadas (construcción, explotación o funcionamiento y desmantelamiento).

Esta evaluación estratégica previa, junto con las posteriores caracterizaciones de Áreas Eólicas Marinas previstas en el citado Real Decreto, permitirán una mayor eficiencia en los procedimientos de autorización. Orientará así a los promotores en la elección de las zonas más adecuadas desde el punto de vista ambiental y facilitará el diseño de los proyectos de instalaciones que finalmente se presenten para sus correspondientes evaluaciones de impacto ambiental y posterior autorización

Enlaces:
Documento para la iniciación del procedimiento de evaluación ambiental
Documento de referencia estudio estratégico
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Texto del Estudio
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa General Zonificación
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 1
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 2
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 3
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 4
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 5
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 6
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 7
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 8
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 9
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 10
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 11
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 12
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 13
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 14
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 15
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 16
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 17
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 18
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 19
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 21
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 22
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 23
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 24
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 25
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 26
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 27
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 28
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 29
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 30
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 31
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 32
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 33
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 34
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 35
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 41
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 42
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 43
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 44
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 45
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 46
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 47
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 51
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 52
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 53
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 54
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 55
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 56
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 57
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 58
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 59
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 60
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 61
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 62
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 100
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 101
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 102
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 103
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 105
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 106
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 107
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 108
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 109
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 110
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 111
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 112
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 113
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 115
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 116
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 117
Estudio Estratégico/ISA para Información Pública: Mapa 118


Fuente: Ministerio de Industria y Ministerio de Medio ambiente.

martes, 20 de noviembre de 2007

Certificacion Energética de Edificios

La Certificación Energética de los Edificios es una exigencia derivada de la
Directiva 2002/91/CE. Esta Directiva se transpone al ordenamiento jurídico español a través del a través del Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción.

Este Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, entrará en vigor 3 meses después de su publicación, siendo voluntaria su aplicación durante un periodo de 6 meses. A partir de ese momento (31 de octubre de 2007), será obligatorio poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un Certificado de Eficiencia Energética.


1) Pagina del Ministerio de Industria sobre Certificacion Energética.
5) Informacion sobre Certificacion del IDAE.

Fuente: Ministerio de Industria, Idae.

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