Directiva 2002/91/CE. Esta Directiva se transpone al ordenamiento jurídico español a través del a través del Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción.
Este Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, entrará en vigor 3 meses después de su publicación, siendo voluntaria su aplicación durante un periodo de 6 meses. A partir de ese momento (31 de octubre de 2007), será obligatorio poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un Certificado de Eficiencia Energética.
1) Pagina del Ministerio de Industria sobre Certificacion Energética.
Este Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, entrará en vigor 3 meses después de su publicación, siendo voluntaria su aplicación durante un periodo de 6 meses. A partir de ese momento (31 de octubre de 2007), será obligatorio poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un Certificado de Eficiencia Energética.
1) Pagina del Ministerio de Industria sobre Certificacion Energética.
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