Translate

lunes, 10 de febrero de 2014

Recomendación de la Comisión, de 22 de enero de 2014, relativa a unos principios mínimos para la exploración y producción de hidrocarburos (como el gas de esquisto) utilizando la fracturación hidráulica de alto volumen

Es necesario, por tanto, establecer unos principios mínimos que los Estados miembros deberían tener en cuenta a la hora de aplicar o adaptar su normativa aplicable a las actividades en las que interviene la fracturación hidráulica de alto volumen. Debe adoptarse un conjunto de normas que garanticen la igualdad de condiciones para los operadores, aumenten la confianza de los inversores y mejoren el funcionamiento del mercado único de la energía. Con unas normas claras y transparentes se contribuiría también a disipar las dudas de la población y, quizás, la oposición al desarrollo del gas de esquisto. Ese conjunto de normas no implica que los Estados miembros estén obligados a realizar actividades de exploración o explotación utilizando la fracturación hidráulica de alto volumen si deciden no hacerlo, ni que se les prohíba mantener o introducir medidas más detalladas en función de condiciones nacionales, regionales o locales específicas.

Por consiguiente, la presente Recomendación, que establece unos principios mínimos que deben aplicarse como base común para la exploración y producción de hidrocarburos mediante la fracturación hidráulica de alto volumen, es necesaria en estos momentos. Completa la legislación vigente de la Unión aplicable a los proyectos en los que interviene la fracturación hidráulica de alto volumen, y los Estados miembros deben aplicarla en un plazo de seis meses.

Fuente: DOUE.
Enlacel: Leer más.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Entradas populares

Actualidad Jurídica Ambiental

Mi lista de blogs

EU Energy Policy Blog

EuroObserv´ER: Observatoire des énergies renouvelables

IDAE - Noticias