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lunes, 5 de octubre de 2015

Los ayuntamientos podran bonificar el IBI a las viviendas eficientes energéticamente.

El ministerio de Hacienda incluye una enmienda en los Presupuestos Generales de 2016 para que los ayuntamientos puedan reducir el impuesto con efectos desde el 1 de enero, bonificaciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) según la eficiencia energética de los edificios, que van desde el 20% para los más eficientes hasta el 4% para los menos. 

"Se pretende incentivar la mejora de la eficiencia energética de los bienes inmuebles urbanos, estableciendo una bonificación potestativa para los ayuntamientos sobre la cuota íntegra del IBI". 

Los Presupuestos Generales para 2016 introducirán esta normativa que pretende incentivar la eficiencia energética en los inmuebles urbanos con rebajas sobre el IBI de la vivienda. 

El Ministerio de Hacienda ha establecido una serie de porcentajes máximos de bajada en función del grado de eficiencia.

  • - Para aquellos que tengan una calificación energética de máxima eficiencia (A), la reducción será de hasta un 20%;
  • - si es (B), la máxima rebaja será del 16%;
  • - para los inmuebles que tengan un certificado (C) puede llegar al 12%;
  • - el (D) hasta el 8% mientras que
  • - el (E) tendrá una rebaja máxima del 4%
  • - y los que tengan calificación energética (F) o (G) o que no dispongan de certificado energético no podrán beneficiarse de ninguna bonificación.
Los municipios son los que podrán aprobar esta bonificación para 2016 y, en ese caso, los interesados deberán acreditar que cuentan con el certificado necesario.

La calificación energética del bien inmueble deberá ser acreditada ante el ayuntamiento por el sujeto pasivo mediante la aportación del certificado regulado en el real decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. 

De acuerdo a las estadísticas nacionales, la media de la calificación energética del parque inmobiliario en España está entre una “D” y una “E”.  

Según los datos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) la mayor parte de las viviendas certificadas en España están en la parte baja de la escala: el 45% son E y el 28% son G. Las viviendas de mayor calidad y eficiencia: A, B y C apenas suman el 4,3%. Según IDAE el ahorro y la eficiencia energética en España, no se termina de valorar.

Se propone a través de esta enmienda fomentar la construcción y adquisición de bienes inmuebles energéticamente eficientes, así como la realización de instalaciones u obras para la obtención de la referida certificación", 

Hasta ahora la Ley de Haciendas Locales permitía rebajas para los inmuebles con instalaciones o sistemas que aprovechen la energía solar pero sin una mención específica a la eficiencia energética en las viviendas y oficinas. Queda aún por aclarar en la normativa, cómo tienen que hacer los propietarios para favorecerse de la rebaja y sacer el certificado energético. Hasta ahora, el certificado de eficiencia energética era solo obligatorio para las viviendas que salían al mercado del alquiler y compraventa.

En junio de 2013 entró en vigor la nueva normativa sobre certificación de la eficiencia energética de viviendas. Desde entonces es obligatorio (en teoría) el certificado energético para vender o alquilar viviendas. Además de la calificación energética del edificio, incluye información objetiva sobre las características energéticas de los edificios. 

Fuente: europa press
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