REGLAMENTO DELEGADO (UE) No 1254/2014 DE LA COMISIÓN de 11 de julio de 2014, que complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta al etiquetado energético de las unidades de ventilación residenciales
Conviene que las unidades de ventilación pequeñas con una potencia eléctrica de entrada inferior a 30 W por corriente de aire queden fuera del ámbito de aplicación del presente Reglamento. Tales unidades están diseñadas para una amplia variedad de aplicaciones y funcionan predominantemente de manera intermitente y solo con funciones suplementarias, por ejemplo en cuartos de baño.
La inclusión de esas unidades de ventilación supondría una carga administrativa considerable en cuanto a vigilancia del mercado, dado que se venden en gran número, y, sin embargo, su contribución al posible ahorro de energía sería reducida. No obstante, teniendo en cuenta que ofrecen funcionalidades similares a las de otras unidades de ventilación, su posible inclusión debe abordarse de forma semejante cuando se reexamine el presente Reglamento.
Las unidades de ventilación no residenciales han de quedar excluidas de los requisitos de etiquetado, pues se trata de productos que eligen los proyectistas y arquitectos y que son en gran medida independientes del comportamiento de los consumidores y del mercado.
También conviene excluir las unidades de ventilación diseñadas específicamente para funcionar solo en casos de emergencia o en entornos excepcionales o peligrosos, pues se utilizan en pocas ocasiones y durante poco tiempo. Estas exenciones aclaran asimismo la exclusión de las unidades multifuncionales cuya función predominante es calentar o enfriar, así como las campanas extractoras de cocina.
Conviene establecer disposiciones armonizadas relativas al etiquetado y a la información normalizada sobre el producto en relación con el consumo de energía específico de las unidades de ventilación residenciales, a fin de incentivar a los fabricantes para que mejoren la eficiencia energética de estas unidades, animar a los usuarios finales a comprar productos energéticamente eficientes y contribuir al funcionamiento del mercado interior
Fuente: DOUE.
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