Dictamen del Comité de las Regiones — Nuevas
directrices relativas a las ayudas estatales en el ámbito de la energía 2014/C 174/05
EL COMITÉ DE LAS REGIONES: recuerda que, según las previsiones de la Agencia Internacional de la Energía,
el consumo de energía registrará en todo el mundo un crecimiento de un tercio
hasta 2035, debido, en primer lugar, a una mayor demanda de los países
recientemente industrializados
subraya que el mercado de la energía está registrando un importante cambio, ya
que nuevos productores de gas natural están entrando en el mercado y la
producción de energías renovables se está desarrollando en muchos Estados
miembros. Por todo ello se impone la adaptación de las directrices para la
concesión de ayudas estatales de forma que los Estados miembros de la Unión
Europea dispongan, a partir de 2014, de normas precisas sobre su política de
subvenciones en materia de energía. Esta claridad es esencial para que los
inversores puedan emprender sus proyectos
recuerda que la competencia y la existencia de un mercado libre de energía no
son fines en sí mismos, sino medios subordinados a los objetivos superiores de
la Unión Europea definidos en el artículo 3 del Tratado de la Unión Europea
sugiere, a la luz de las conclusiones del abogado general del 28 de enero
de 2014 en el asunto C-573/12 Ålands Vindkraft, que la
Comisión Europea aplace la presentación de sus nuevas directrices tras el fallo
del Tribunal de Justicia.
En efecto, el abogado general propone al Tribunal
declarar inválido el artículo 3§ 3 de la Directiva 2009/28 que, en el marco de
un régimen nacional de apoyo a la electricidad producida a partir de fuentes de
energía renovable, permite reservar la concesión de certificados de electricidad
a los productores de electricidad verde que operen en el Estado miembro
interesado. Ahora bien, la invalidación de este dispositivo volvería a poner
fundamentalmente en cuestión la estructura de los regímenes de ayuda al
desarrollo de las energías renovables en un gran número de Estados miembros y
probablemente supondría la caducidad de las directrices si se presentaran antes
del fallo y daría lugar a la incertidumbre jurídica
Fuente: DOUE
Enlace: Leer más.
No hay comentarios:
Publicar un comentario