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lunes, 30 de junio de 2014

Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía 2014-2020

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN: Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía 2014-2020.

Para evitar que las ayudas estatales falseen la competencia en el mercado interior y afecten al comercio entre Estados miembros de forma contraria al interés común, el artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (en lo sucesivo denominado «el Tratado») establece el principio de prohibición de las ayudas estatales. Sin embargo, en determinados casos, las ayudas estatales pueden ser compatibles con el mercado interior en virtud del artículo 107, apartados 2 y 3, del Tratado.

Las presentes Directrices se aplicarán a las ayudas estatales concedidas para objetivos de protección medioambiental o energéticos en todos los sectores que se rigen por el Tratado, siempre que las medidas estén contempladas en la sección 1.2. Por tanto, también se aplicarán a sectores sujetos a normas específicas de la Unión sobre ayudas estatales (transporte, carbón, agricultura, silvicultura, pesca y acuicultura), a menos que dichas normas específicas dispongan otra cosa.

La Comisión ha establecido una serie de medidas en materia de protección del medio ambiente y energía para las cuales las ayudas estatales podrán, en determinadas condiciones, ser compatibles con el artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado:

a)
ayudas que vayan más allá de las normas de la Unión o que incrementen el nivel de protección medioambiental a falta de normas de la Unión (incluida la ayuda para la adquisición de nuevos vehículos de transporte);
b)
ayudas para la adaptación anticipada a futuras normas de la Unión;
c)
ayudas para estudios medioambientales;
d)
ayudas para el saneamiento de terrenos contaminados;
e)
ayudas para energía procedente de fuentes renovables;
f)
ayudas para medidas de eficiencia energética, incluida la cogeneración y las redes urbanas de calefacción y refrigeración;
g)
ayudas para el uso eficiente de los recursos y, en especial, para la gestión de residuos;
h)
ayudas para la captura, transporte y almacenamiento de CO2, incluidos elementos individuales de la cadena de captura y almacenamiento;
i)
ayudas en forma de reducción o exención de impuestos medioambientales;
j)
ayudas en forma de reducciones de la financiación para la electricidad procedente de fuentes de energía renovables;
k)
ayudas para infraestructuras energéticas;
l)
ayudas para medidas de adecuación de la producción;
m)
ayudas en forma de permisos negociables;
n)
ayudas para la relocalización de empresas.

Fuente: DOUE
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