Cinco de los siete consorcios adjudicatarios del concurso eólico convocado por el Gobierno de Cantabria en la anterior legislatura (PRC-PSOE) han recurrido finalmente ante el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) de octubre de 2012 que admitió el recurso de la asociación ecologista ARCA y anuló el concurso de asignación de potencia eólica.
Los siete consorcios adjudicatarios presentaron inicialmente el escrito de preparación del recurso de casación (primer paso del proceso), pero con posterioridad renunciaron a formalizarlo E.ON Renovables S.L.U. y el consorcio Helican, formado por Sniace, Banco Santander y Helium (inicialmente actuó como recurrente Sniace), según ha podido confirmar Europa Press.
El bipartito convocó el concurso eólico en junio de 2009 y lo resolvió al año siguiente, adjudicando a estos siete grupos empresariales una potencia de 1.336 megavatios a desarrollar en siete zonas.
En octubre de 2012, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC lo anuló al considerar que modificaba de hecho el Plan de Energías Renovables (PER) y el Plan Energético de Cantabria (PLENERCAN), al margen del procedimiento legal establecido para su reforma, es decir, sin tener en cuenta la legislación de suelo, energética y medioambiental.
El PER y el PLENERCAN preveían para Cantabria el desarrollo de una potencia eólica de 300 Kw y tres zonas eólicas. Esta previsión era indicativa y se podía modificar, pero para ello se requería una disposición general y el cumplimiento de la legislación vigente. Según la sentencia, lo que "realmente" se estaba haciendo era "planificar tanto el sector eléctrico como la ordenación del territorio".
Fuente: ecoticias.
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