La Comisión Nacional de la Energía ha emitido el Informe 31/2007 relativo a la propuesta de Real Decreto de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha límite de mantenimiento de la retribución del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, para dicha tecnología.
El presente documento tiene por objeto informar preceptivamente la “Propuesta de Real Decreto de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica para instalaciones que entren en funcionamiento después de la fecha límite de mantenimiento de la retribución del Real Decreto 661/2007, remitida por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, con entrada en la Comisión Nacional de Energía el 28 de septiembre de 2007.
La Comisión Nacional de la Energía (CNE) ya ha mostrado en diferentes ocasiones su disconformidad con el futuro marco retributivo de la energía solar fotovoltaica propuesto por el Gobierno y le instó a que elabore un nuevo Real Decreto para las plantas que empiecen a operar a partir de octubre de 2008.
Tras analizar la propuesta del Ministerio de Industria, la CNE ha concluido que todas las instalaciones inscritas antes del 30 de septiembre de 2008 deben recibir las primas ahora en vigor, se haya superado o no el objetivo de 1.200 megavatios previsto en la Planificación de Energías RenovablesEnlace:http://www.cne.es/cne/Publicaciones?accion=3&id=1119&id_nodo=32
Fuente:CNE, Diario El País.
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