Resolución de 15 de abril de 2015, de la Secretaría General de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 13 de abril de 2015, por la que se amplía el plazo máximo previsto en el artículo 13.1 de la Orden de 4 de febrero de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de un Programa de Incentivos para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía.
Primero. Ampliar la fecha máxima de ejecución y justificación de las actuaciones subvencionadas prevista en el artículo 13.1 de la Orden de 4 de febrero de 2009, hasta el 30 de septiembre de 2015.
Segundo. La nueva fecha máxima de ejecución y justificación será de aplicación a las solicitudes de subvenciones presentadas al amparo de la Orden de 4 de febrero de 2009, que no hayan sido resueltas a la fecha de entrada en vigor de la presente Resolución. A tal fin, los plazos de ejecución y justificación que se establezcan en las resoluciones de concesión que se dicten a partir de la referida entrada en vigor no podrán superar la citada fecha máxima.
Fuente: BOJA
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