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miércoles, 30 de octubre de 2013

Aprobada la Ley para la garantía del suministro en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares

Ley 17/2013, de 29 de octubre, para la garantía del suministro e incremento de la competencia en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares.

Los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares son objeto de una regulación eléctrica singular con el doble objetivo de garantizar el suministro de energía eléctrica y su calidad al menor coste posible tal y como dispone el artículo 12 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y su normativa de desarrollo. Sin embargo, la configuración actual de estos sistemas presenta una serie de carencias que amenazan la seguridad de suministro y dificultan la reducción de los costes de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica.

Así, resulta preciso llevar a cabo una reforma en profundidad del marco regulatorio para estos sistemas al objeto de reducir la vulnerabilidad asociada a los mismos y garantizar una mayor eficiencia técnica y económica del conjunto, que redunde simultáneamente en una mejora de la seguridad del suministro.

Las medidas introducidas en la presente Ley complementan lo previsto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y tienen por objeto sentar las bases para el desarrollo de los nuevos regímenes retributivos que se establezcan, con la finalidad de incrementar la competencia en estos sistemas y reducir los costes de generación, así como el refuerzo de las herramientas de actuación por parte de la Administración ante situaciones de riesgo.

  • habilita al Gobierno a la creación de nuevos mecanismos retributivos para la generación eléctrica que incluyan señales económicas de localización para la resolución de restricciones técnicas zonales
  • establece un procedimiento administrativo basado en criterios técnicos propuestos por el operador del sistema y económicos
  • restringe la participación a aquellos operadores que ostenten una posición dominante en la actividad de generación, favoreciendo la entrada de nuevos titulares de instalaciones de generación y se prevé la creación de mecanismos concurrenciales destinados a disminuir los costes de los combustibles empleados por las centrales de generación.
  • introducción de medidas que refuercen el papel de la operación del sistema y la realización de estudios de nuevas infraestructuras para incrementar el tamaño de los sistemas basados en energias renovables.
Fuente: BOE.
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