El Consejo de la Comisión Nacional de Competencia (CNC), ha dictado la siguiente resolución en el Expediente Sancionador SNC/0018/11 a ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA SLU, por un presunto incumplimiento del resuelve Tercero de la Resolución del TDC de 14 de diciembre de 2006, dictada en el expediente sancionador 606/05, ASINEM-ENDESA, lo que supone una infracción del artículo 62. 4 c) de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (en adelante, LDC).
De acuerdo con la citada Resolución Endesa abusó de su posición de dominio al ofertar al cliente, junto con la información técnica que la Ley le obliga a suministrar en su calidad de distribuidor, el servicio de instalación eléctrica de extensión de las instalaciones que puede llevarse a cabo por instaladores electricistas. Se trataba de una conducta que sólo Endesa podía llevar a cabo, dada su posición que se deriva de su condición de distribuidor monopolista. Endesa aprovecha esa posición y la información privilegiada de que dispone para ofertar dichos servicios a sus clientes, estrategia comercial que el resto de instaladores eléctricos no pueden replicar. Endesa no hacía estas ofertas a cualquier cliente sino, en particular, a aquellos comercialmente más rentables.
Fuente: CNC
Enlace: Leer más.
XI Foro Solar-El año del almacenamiento
-
La Unión Española Fotovoltaica (UNEF) celebró la undécima edición de su ya
emblemático Foro Solar hace unas semanas en Madrid. El evento ha congregado
a má...
Hace 3 horas
No hay comentarios:
Publicar un comentario