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miércoles, 21 de julio de 2010

Extremadura: Aprobado el Decreto para modificar la autorización de instalaciones eólicas

El Consejo de Gobierno ha aprobado el DECRETO 160/2010, de 16 de julio, por el que se regula el procedimiento para la autorización de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica, mediante parques eólicos, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.por el que se modifica el procedimiento administrativo para la autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía eólica, cuya principal novedad es la eliminación del concepto de convocatoria de solicitudes de autorización.

A partir de la entrada en vigor del nuevo decreto, prevista para el mes de octubre, quedará abierta indefinidamente la posibilidad de presentar una solicitud para la construcción de un parque eólico, sin necesidad de esperar a que se abra una convocatoria.

Asimismo, con el fin de que otros promotores interesados en la instalación de un parque eólico próximo o coincidente con el que inició el procedimiento puedan solicitar también su autorización, se hará pública la solicitud inicial mediante anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, pudiendo presentarse solicitudes en competencia durante el plazo de un mes.

Se mantiene la misma exigencia instaurada en el decreto anterior de creación de un mínimo de tres empleos estables y directos por cada MW, relacionados con proyectos empresariales promovidos en el área de influencia del parque eólico, si
bien se introduce como medida alternativa que los promotores suscriban con los ayuntamientos afectados convenios en los que se recojan aportaciones económicas por parte de aquéllos, cuyo destino sea la realización de actividades generadoras de empleo.

Dicha aportación deberá ser, al menos, del 8% de la facturación anual del parque. Además deberá mantenerse un mínimo de 25 años y será destinada en un 70% al Ayuntamiento correspondiente y en un 30% a la mancomunidad en la que esté integrado. Aunque, para optar a esta segunda vía, se necesita la conformidad del Ayuntamiento implicado.

Por último, se mantiene, aunque reduciendo su superficie total, la figura de las zonas geográficas excluidas, en las que, por sus valores ambientales, no resulta adecuada la instalación de parques eólicos.
Fuente: Digital Extremadura.
Enlace: Pincha Aqui.
Enlace: Decreto

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