El pasado dia 14 se aprobó la ORDEN ITC/2877/2008, de 9 de octubre, por la que se establece un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.
El objetivo global es que éstos representen en 2011 el 7 por ciento del contenido energético de las gasolinas y gasóleos comercializados para transporte en España.
La orden del Ministerio de Industria determina unos objetivos mínimos por producto inferiores al objetivo global dispuesto anteriormente, además de mecanismos de flexibilidad temporal para la contabilización de las cantidades de biocarburantes vendidas o consumidas. El conjunto de los biocarburantes que se venda deberá representar el 1,9 por ciento del total de combustibles en 2008, el 3,4 por ciento en 2009 y el 5,83 por ciento en 2010.
En 2008, para los biocarburantes del tipo: biodiesel y el bioetanol deberán representar obligatoriamente, en cada caso, un mínimo del 1,9 por ciento de los carburantes para transporte, mientras que en 2009 será el 2,5 por ciento y en 2010, el 3,9 por ciento.
Fuente: Boe y Agencia Efe.
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