BRUSELAS (06-03-2008).
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictaminó que España vulneró la legislación comunitaria al imponer una serie de condiciones ilegales a la fallida oferta pública de adquisición (opa) lanzada por la eléctrica alemana Eon sobre Endesa.
En la sentencia dictada hoy, el Tribunal de Justicia declara que España “ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al derecho comunitario al no haber retirado determinadas condiciones impuestas por las resoluciones de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) y del ministro (de industria, Joan Clos), declaradas incompatibles con el derecho comunitario, dentro de los plazos señalados”.
La justicia comunitaria dio así la razón a la Comisión Europea, que había denunciado que los requisitos impuestos por España violaban los principios de libre circulación de capitales y mercancías y el derecho de establecimiento. En contraste, el Gobierno alegó durante el procedimiento que las condiciones son compatibles con la normativa comunitaria y son esenciales para garantizar la seguridad de suministro.
Entre las condiciones cuya retirada pedía el Ejecutivo comunitario se encontraban la obligación de que Endesa mantenga su marca durante un periodo de cinco años, la prohibición de venta de activos de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla también en cinco años, la exigencia de utilizar carbón nacional, y la obligación para Eon de no adoptar decisiones estratégicas sobre Endesa y que afecten a la seguridad de suministro contrarias a la legislación española.
Estos requisitos a la opa de Eon fueron impuestos por la Comisión Nacional de la Energía (CNE) en julio de 2006 y enmendados por el ministerio de Industria en noviembre del mismo año en respuesta a los recursos contra la decisión del regulador.
La decisión del Tribunal de Justicia llega tarde para Eon, que renunció a su opa en abril del año pasado tras la entrada en juego de Enel y Acciona, cuya oferta sobre Endesa fue la que acabó triunfando. Sin embargo, servirá para dilucidar el último enfrentamiento entre la Comisión y el Gobierno, porque Bruselas ha abierto un nuevo expediente a España por las condiciones impuestas a la opa de Enel y Acciona, que son parecidas a las que aplicó en su día a Eon.
El TUE tiene además pendiente de resolución otra denuncia de la Comisión contra España por el decreto que amplió las competencias de la CNE.
España defiende su capacidad de actuación
El Gobierno acepta la sentencia dictada hoy por el Tribunal de Justicia de la UE, pero señala que la decisión judicial “no limita su capacidad de actuar en un futuro para garantizar el suministro energético”.
Desde el Ejecutivo recuerdan que la normativa europea reconoce la capacidad de los Estados miembros para intervenir con el objetivo de asegurar la seguridad del suministro energético.
En este sentido, el vicepresidente segundo y ministro de Economía y Hacienda, Pedro Solbes, expresó hoy su desacuerdo con la sentencia del Tribunal de Luxemburgo y defendió la potestad del Gobierno español en la adopción de decisiones "de tipo estratégico nacional".
Solbes, durante un encuentro con empresarios madrileños, indicó que, de acuerdo con la legislación comunitaria, hay unas razones "de tipo estratégico nacional" por las que se pueden tomar "medidas nacionales". Sin embargo, señaló que, "en la práctica", la interpretación que hace la Comisión Europea de estas razones "no existan, o por lo menos no se definan cuáles son".
Legislación comunitaria
En rueda de prensa, el portavoz de Competencia del ejecutivo comunitario, Jonathan Todd, consideró que la corte confirma en su sentencia que los países “no pueden hurtar a los ciudadanos y las empresas los beneficios del mercado único”.
Todd confió en que tanto España como el resto de Estados miembros “tomen nota” del fallo judicial y respeten la legislación comunitaria.
Fuente: Agencias.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictaminó que España vulneró la legislación comunitaria al imponer una serie de condiciones ilegales a la fallida oferta pública de adquisición (opa) lanzada por la eléctrica alemana Eon sobre Endesa.
En la sentencia dictada hoy, el Tribunal de Justicia declara que España “ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al derecho comunitario al no haber retirado determinadas condiciones impuestas por las resoluciones de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) y del ministro (de industria, Joan Clos), declaradas incompatibles con el derecho comunitario, dentro de los plazos señalados”.
La justicia comunitaria dio así la razón a la Comisión Europea, que había denunciado que los requisitos impuestos por España violaban los principios de libre circulación de capitales y mercancías y el derecho de establecimiento. En contraste, el Gobierno alegó durante el procedimiento que las condiciones son compatibles con la normativa comunitaria y son esenciales para garantizar la seguridad de suministro.
Entre las condiciones cuya retirada pedía el Ejecutivo comunitario se encontraban la obligación de que Endesa mantenga su marca durante un periodo de cinco años, la prohibición de venta de activos de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla también en cinco años, la exigencia de utilizar carbón nacional, y la obligación para Eon de no adoptar decisiones estratégicas sobre Endesa y que afecten a la seguridad de suministro contrarias a la legislación española.
Estos requisitos a la opa de Eon fueron impuestos por la Comisión Nacional de la Energía (CNE) en julio de 2006 y enmendados por el ministerio de Industria en noviembre del mismo año en respuesta a los recursos contra la decisión del regulador.
La decisión del Tribunal de Justicia llega tarde para Eon, que renunció a su opa en abril del año pasado tras la entrada en juego de Enel y Acciona, cuya oferta sobre Endesa fue la que acabó triunfando. Sin embargo, servirá para dilucidar el último enfrentamiento entre la Comisión y el Gobierno, porque Bruselas ha abierto un nuevo expediente a España por las condiciones impuestas a la opa de Enel y Acciona, que son parecidas a las que aplicó en su día a Eon.
El TUE tiene además pendiente de resolución otra denuncia de la Comisión contra España por el decreto que amplió las competencias de la CNE.
España defiende su capacidad de actuación
El Gobierno acepta la sentencia dictada hoy por el Tribunal de Justicia de la UE, pero señala que la decisión judicial “no limita su capacidad de actuar en un futuro para garantizar el suministro energético”.
Desde el Ejecutivo recuerdan que la normativa europea reconoce la capacidad de los Estados miembros para intervenir con el objetivo de asegurar la seguridad del suministro energético.
En este sentido, el vicepresidente segundo y ministro de Economía y Hacienda, Pedro Solbes, expresó hoy su desacuerdo con la sentencia del Tribunal de Luxemburgo y defendió la potestad del Gobierno español en la adopción de decisiones "de tipo estratégico nacional".
Solbes, durante un encuentro con empresarios madrileños, indicó que, de acuerdo con la legislación comunitaria, hay unas razones "de tipo estratégico nacional" por las que se pueden tomar "medidas nacionales". Sin embargo, señaló que, "en la práctica", la interpretación que hace la Comisión Europea de estas razones "no existan, o por lo menos no se definan cuáles son".
Legislación comunitaria
En rueda de prensa, el portavoz de Competencia del ejecutivo comunitario, Jonathan Todd, consideró que la corte confirma en su sentencia que los países “no pueden hurtar a los ciudadanos y las empresas los beneficios del mercado único”.
Todd confió en que tanto España como el resto de Estados miembros “tomen nota” del fallo judicial y respeten la legislación comunitaria.
Fuente: Agencias.
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