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viernes, 19 de enero de 2018

Convocatoria delPrograma de Ayudas a la implantación de infraestructuras de recargade vehículos eléctricos (Plan MOVALT Infraestructuas)

Según la sede electrónica de IDEA, la ayuda estará disponible a partir del martes día 23 de enero a las 10 horas. Textualmente, el anuncio declara que “según lo establecido en el apartado Quinto del Extracto de la Resolución de 10 de enero de 2018, de la Dirección General de IDAE, por la que se establece la Convocatoria del Programa MOVALT Infraestructura, se informa que el sistema telemático de gestión de ayudas se activará el 23 de enero a las 10 h. El acceso a la aplicación será a través de la sede electrónica de IDEA”.

De este modo, todo el que desee y cumpla los requisitos exigidos en las bases podrá acogerse a la ayuda para ampliar o comenzar su red de recarga. Recordemos que el presupuesto destinado para esta parte del MOVALT es de 15 millones de euros y tanto podrán pedirlo empresas públicas como privadas.

Beneficiarios:
  1. empresas privadas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otros tipos de personas jurídicas tal que su Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W.
  2. Entidades Locales y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas, siempre que cumplan con lo dispuesto, en relación al plazo máximo de pago a proveedores, en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para lo cual deberán aportar certificación de la intervención local sobre el periodo medio de pago a proveedores, que no podrá superar en más de 30 días el plazo máximo establecido al efecto.
  3. Administraciones de las Comunidades Autónomas y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas, siempre que cumplan con lo dispuesto en el artículo 20.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y restante legislación aplicable.
  4. Otras entidades públicas vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado.






Objeto.
Serán objeto de ayuda los sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos, tanto en la modalidad de adquisición directa como de operaciones de financiación por renting. A modo orientativo, se podrá desplegar una infraestructura de recarga para los siguientes usos:
  1. Uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.)
  2. Uso privado y/o público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a su trabajadores, clientes y a su propia flota.
  3. Uso público en vía pública, ejes viarios urbanos e interurbanos y empresas.
  4. Uso público en red de carreteras
Presupuesto
15.000.000 euros, para aplicar a las solicitudes realizadas en el marco del citado Plan.

Ayuda pública
Ayudas bajo la modalidad de entrega dineraria sin contraprestación, con una cuantía equivalente al 60% de la inversión elegible (IVA o IGIC no incluido ) en el caso de entidades públicas que no desarrollen ningún tipo de actividad comercial o mercantil y Pequeñas Empresas y un 40% de la inversión elegible (IVA o IGIC no incluido) para el resto de empresas

Incompatibilidades
Será INCOMPATIBLE con cualquier otra ayuda de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales para la misma finalidad, pero sí con otras ayudas o subvenciones establecidas a través de programas de la Unión Europea

Actuaciones elegibles
  • Las operaciones serán elegibles si se realizan con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
  • Para entidades públicas el inicio de las operaciones vendrá determinado por la aprobación de los Pliegos de contratación.
  • Para empresas privadas vendrá determinado por la firma de contrato.
Costes Subvencionables:
  • La obra civil, el cableado y su instalación desde el cuadro eléctrico final del que deriva el circuito hasta el punto de conexión del vehículo.
  • No se considera subvencionable la instalación de contadores inteligentes, que habrán de ser facilitados por las compañías eléctricas a los consumidores (usuarios finales o gestores de recarga), generalmente bajo régimen de alquiler.

Gestión de solicitudes.
  • Las solicitudes para la participación en el presente programa se efectuarán de manera telemática a través de la aplicación que estará disponible en la sede electrónica del IDAE (https://sede.idae.gob.es/lang/) según el procedimiento allí publicado.
  • Una vez registrada la solicitud de reserva de presupuesto, el solicitante dispondrá de un periodo de 180 días naturales, contados desde el momento de realización de dicha reserva, para cargar en la aplicación informática del programa toda la documentación necesaria para confirmar la instalación del punto de recarga.
Calendario
Plazo de presentación de solicitudes: Desde el 23 de enero a las 10:00 h, fecha en que será activado el sistema telemático de gestión de ayudas en la sede electrónica del IDAE, hasta el 31 de diciembre de 2018, fecha de finalización de la vigencia de la convocatoria de ayudas o hasta que se agote el presupuesto aprobado.

Fuente: BOE
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