La cuantía de la subvención para todos aquellos vehículos de las categorías M1 y
N1 que se propulsen con baterías, cargadas total o parcialmente con electricidad
de la red, será de:
- i. 2.500 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica no superior a los 40 Km y no inferior a 15 Km.
- ii. 3.500 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 40 Km e inferior o igual a 90 Km.
- iii. 5.500 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 90 Km.
No hay comentarios:
Publicar un comentario