Los Estados de la Unión Europea deben fijar antes de finales de junio normas en su legislación nacional en las que se garantice la capacidad de los reguladores energéticos, como es el caso de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) en España, para establecer sanciones contra la manipulación del mercado o el uso de información privilegiada.
La propia CNE se hace eco de esta exigencia de Bruselas en un informe, en el que ofrece además al Gobierno una propuesta para integrar el nuevo reglamento europeo, consistente en cambios en la Ley del Sector Eléctrico y en la Ley de Hidrocarburos, además de en la ley que se tramita para la creación del nuevo macrorregulador, la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC).
El objeto de este informe es realizar una propuesta de modificación y desarrollo normativo para incorporar en el marco normativo español lo establecido en los artículos 13 ("Aplicación de las prohibiciones de abuso de mercado") y 18 ("Sanciones") de REMIT, lo que requiere una modificación normativa con rango de Ley y otros posibles desarrollos normativos de menor rango.
La propia CNE se hace eco de esta exigencia de Bruselas en un informe, en el que ofrece además al Gobierno una propuesta para integrar el nuevo reglamento europeo, consistente en cambios en la Ley del Sector Eléctrico y en la Ley de Hidrocarburos, además de en la ley que se tramita para la creación del nuevo macrorregulador, la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC).
El objeto de este informe es realizar una propuesta de modificación y desarrollo normativo para incorporar en el marco normativo español lo establecido en los artículos 13 ("Aplicación de las prohibiciones de abuso de mercado") y 18 ("Sanciones") de REMIT, lo que requiere una modificación normativa con rango de Ley y otros posibles desarrollos normativos de menor rango.
Fuente: CNE.
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