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viernes, 27 de noviembre de 2015

Real Decreto 1007/2015, de 6 de noviembre, por el que se regula la adquisición, por el Fondo de Carbono para una Economía Sostenible, de créditos de carbono del Plan de Impulso al Medio Ambiente en el sector de la empresa "PIMA Empresa" para la reducción de gases de efecto invernadero en sus instalaciones.

Mediante el presente real decreto se contempla el procedimiento específico para que el referido Fondo adquiera, como créditos de carbono, las reducciones reconocidas de emisiones de gases de efecto invernadero que se logren como consecuencia de la reducción de la huella de carbono de alcance 1 enmarcadas en el Plan PIMA Empresa. El reconocimiento de créditos de carbono que se originen por las actuaciones que se presenten y cumplan los requisitos exigidos, junto con el cálculo de las reducciones de emisión, se llevará a cabo de acuerdo con lo previsto en esta norma. En ella, se prevé que el Fondo adquiera las reducciones que se reconozcan en cada actividad o proyecto en un horizonte que dependerá de la vida útil y del periodo de amortización de las inversiones requeridas para la puesta en marcha de dicha actividad, y a un precio de 9,7 euros por unidad, constituyendo cada unidad la reducción de una tonelada de CO2equivalente. La empresa se debe comprometer a mantener o mejorar las condiciones de las actuaciones durante, al menos, el periodo que contemple las reducciones de emisiones objeto de adquisición.

Los créditos serán adquiridos por el Fondo de Carbono para una Economía Sostenible y deberán proceder, en todo caso, de reducciones de emisiones que se logren en focos que se encuentren fuera del régimen europeo de comercio de derechos de emisión, regulado por la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

Fuente:BOE
Enlace: 
Fondo de Carbono - FES-CO2


Actuaciones elegibles en el «PIMA Empresa»

1. Utilización de energías renovables y otras energías no fósiles (electricidad, hidrógeno, etc.) para su uso en aplicaciones de generación de calor o trabajo.

a) Biocombustibles en generación de calor.

b) Biocarburantes y energías alternativas (electricidad, hidrógeno, etc.) para el transporte.

c) Sistemas solares para generación de calor.

d) Geotermia.

e) Aerotermia e hidrotermia.

f) Sustitución de sistemas de bombeo que utilicen combustibles fósiles por sistemas que utilicen energías renovables.

2. Actuaciones de eficiencia energética.

a) Introducción de instalaciones, vehículos y maquinaria más eficientes que utilizan combustibles fósiles o con menores emisiones de gases de efecto invernadero.

b) Actuaciones en la envolvente de los edificios para reducir su demanda energética.

c) Sistemas de transporte más eficiente: conducción eficiente, gestión eficiente de flotas.

3. Actuaciones de reducción de emisiones de proceso de gases de efecto invernadero.

a) Sistemas de reducción de emisiones de metano.

b) Sistemas de reducción de óxido nitroso (N2O).

c) Sistemas de reducción de otros gases de proceso de efecto invernadero.

d) Actuaciones en instalaciones existentes que reduzcan las emisiones de gases fluorados de efecto invernadero.

e) Nuevas instalaciones con tecnologías alternativas a los gases fluorados de efecto invernadero.

El cálculo de los créditos de carbono adquiridos por cada actuación propuesta se realizará conforme a la siguiente fórmula; el valor resultante, en todo caso, nunca superará el 15% del valor de la inversión elegible como generadora de reducciones de GEI:

Créditos de carbono a adquirir = ∑ P × Ai × Bi

Donde:

– P: Precio del crédito establecido en 9,7 €/ tCO2 eq.

– Ai: tCO2 eq anuales reducidas del proyecto i.

Las reducciones se calcularán utilizando las metodologías sectoriales ya aprobadas por el Consejo Rector del Fondo de Carbono para una Economía Sostenible y publicadas en la web salvo aquellas actuaciones que no tengan metodología específica para las cuales se puede presentar una propuesta a validar por dicho Consejo Rector. Cuando se trate de nuevas instalaciones, se tomará como escenario base el uso de gas natural como energía primaria.

– Bi: Números de años, se calculará multiplicando el periodo de retorno de la inversión por 0,5. Este valor en ningún caso será superior a los valores máximos para Bi por tipología de actuación indicados en la tabla anexa.
Actuación
Bi
1. Utilización de energías renovables y otras energías finales no fósiles (electricidad, hidrógeno, etc.) para su uso en aplicaciones de generación de calor o trabajo.
a) Biocombustibles en generación de calor
4
b) Biocarburantes y energías alternativas (electricidad, hidrógeno, etc.) para el transporte: vehículos ligeros
10
b) Biocarburantes y energías alternativas (electricidad, hidrógeno, etc.) para el transporte: vehículos pesados
4
c) Sistemas solares para generación de calor
6
d) Geotermia
8
e) Aerotermia e hidrotermia
4
f) Sustitución de sistemas de bombeo que utilicen combustibles fósiles por sistemas que utilicen energías renovables
6
2. Actuaciones de eficiencia energética.
a) Introducción de instalaciones, vehículos y maquinaria más eficientes que utilizan combustibles fósiles o con menores emisiones de gases de efecto invernadero
4
b) Actuaciones en la envolvente de los edificios para reducir su demanda energética
10
c) Sistemas que mejoran la eficiencia en el transporte
4
3. Actuaciones de reducción de emisiones de proceso de gases de efecto invernadero.
a) Sistemas de reducción de emisiones de metano
6
b) Sistemas de reducción de óxido nitroso (N2O)
4
c) Sistemas de reducción de otros gases de proceso de efecto invernadero
4
d) Actuaciones en instalaciones existentes que reduzcan las emisiones de gases fluorados de efecto invernadero
6
e) Nuevas instalaciones con tecnologías alternativas a los gases fluorados de efecto invernadero
4

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