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martes, 31 de marzo de 2015

Atencion ESE´s: Publicada la Ley de desindexación que elimina el IPC.

Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española.

El IPC se dejará de aplicar para actualizar los precios regulados de los transportes, el agua, la energía, las tasas y las sanciones, entre otros. Sera sustituido por El IGC Índice de Garantía de Competitividad, para actualizar precios y ganar competitividad.

La finalidad es desligar la evolución de cualquier tipo de precio del índice de precios al consumo (IPC).

El Índice de Garantía de la Competitividad (IGC), es la alternativa al IPC que en teoría fomentará, sea cual sea la situación de la economía española, ganancias de competitividad en relación a la Unión Europea.

El Instituto Nacional de Estadística (INE) publicará todos los meses, el IGC junto al IPC, y todos particulares podrán usar uno u otro a la hora de elaborar sus contratos.

¿Qué diferencia a uno y otro? El IPC, según la metodología estándar, recoge la evolución de precio en una cesta de productos y servicios determinada, que se supone representativa del conjunto de la economía.

Por su parte, el IGC tomará como base el IPC de la eurozona, al que se le restará una parte destinada a compensar la competitividad perdida los años anteriores. Además, para hacerlo más estable, este IGC contará con un techo (no podrá superar el 2%) y un suelo (no bajará del 0%).

La nueva legislación será de obligada aplicación para todas las administraciones públicas, que desde enero dejarán de usar el IPC como índice para actualizar los precios de tasas, transportes regulados, energía, sanciones administrativas, telecomunicaciones y agua, entre otros servicios públicos.

Fuente: BOE.
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